Viaje en coche de empresa entre base y obra cuenta como tiempo de trabajo, dictamina el TJUE

Los trabajadores que se desplazan desde la sede de una empresa hasta un lugar concreto de trabajo ya no pueden considerar ese tiempo como simple traslado no remunerado: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fijado un criterio claro que cambia la forma en que se contabilizan esas horas. La sentencia, que nace de un litigio en la Comunidad Valenciana, amplía la noción de tiempo laboral y obliga a las empresas a revisar prácticas habituales en brigadas móviles y servicios técnicos.

El fallo marca un punto de inflexión para empleados sin puesto fijo: el viaje de ida y el de vuelta entre la base de la empresa y el emplazamiento asignado deben ser tratados, en determinados casos, como parte de la jornada laboral y no como tiempo libre.

Qué decidió el Tribunal y por qué tiene relevancia

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó que, cuando los desplazamientos son necesarios para ejecutar las tareas encomendadas y se realizan bajo instrucciones o con medios proporcionados por el empleador, forman parte del tiempo de trabajo efectivo. Esta postura consolida la interpretación del Derecho europeo sobre el registro del tiempo de trabajo y la protección del descanso.

La resolución —fechada el 9 de octubre de 2025— aclara que tanto el trayecto desde la sede corporativa hasta el lugar de prestación del servicio como el retorno posterior están “vinculados inextricablemente” al desempeño profesional cuando concurren las condiciones que el tribunal señala. El pronunciamiento sirve como referencia para decisiones nacionales y para reclamaciones colectivas por horas no remuneradas.

Los hechos que originaron el pleito en Valencia

El conflicto partió de una empresa pública que organiza 15 brigadas especializadas para intervenir en obras y servicios distribuidos por las provincias de Valencia, Alicante y Castellón. El esquema de trabajo era el siguiente:

  • Los empleados accedían por sus medios a la sede de la compañía para iniciar la jornada, con horario de salida a las 8:00.
  • Desde esa base, la empresa facilitaba vehículos para desplazarlos hasta distintos puntos de trabajo.
  • La compañía consideraba remunerado solo el viaje de ida hacia el lugar de trabajo y no computaba el regreso a la sede al final del turno.

Un grupo de trabajadores reclamó que el trayecto de vuelta debía contabilizarse como tiempo laboral. El TJUE respaldó esa pretensión al entender que la obligación de utilizar el transporte de la empresa y cumplir instrucciones durante el desplazamiento mantiene al empleado bajo la dirección del empleador.

Criterios que el tribunal usa para calificar un desplazamiento como trabajo

Base legal y principios aplicados

El fallo ampara su argumentación en la doctrina vinculada al artículo 2 de la Directiva 2003/88/CE, que regula los periodos de trabajo y descanso. A partir de esta norma, el TJUE fija una serie de parámetros para diferenciar un simple trayecto de un desplazamiento laboral remunerable.

Factores determinantes

  • Necesidad del desplazamiento: el viaje debe ser indispensable para prestar el servicio en el lugar asignado.
  • Instrucciones y supervisión: el trabajador realiza el desplazamiento siguiendo órdenes del empleador o usando medios facilitados por la empresa.
  • Vinculación con las funciones: el trayecto está directamente relacionado con las tareas que generan la relación laboral.
  • Ausencia de un lugar de trabajo fijo: cuando el empleado no tiene un centro de trabajo permanente, los desplazamientos aumentan su importancia jurídica.

Quiénes resultan directamente afectados por la sentencia

El pronunciamiento tiene mayor impacto en colectivos que realizan movilidad frecuente y carecen de una oficina fija. Entre los perfiles más expuestos se encuentran:

  • Brigadas móviles y equipos de mantenimiento.
  • Técnicos de servicios externos y operarios de campo.
  • Personal de instalaciones y atención en distintos puntos geográficos.
  • Algunas plantillas de transporte, logística y comercial si cumplen los requisitos señalados por el tribunal.

En la práctica, la sentencia puede traducirse en horas retribuidas adicionales y en la necesidad de ajuste de calendarios y nóminas.

Consecuencias prácticas para empresas: riesgos y medidas recomendadas

Para las compañías, el fallo exige actuar con rapidez para evitar contingencias legales y económicas. Entre las medidas más urgentes se sugieren:

  • Revisar políticas de registro de jornada y contabilización de desplazamientos.
  • Analizar contratos y descripciones de puesto para identificar trabajadores sin lugar fijo de trabajo.
  • Auditar pagos y posibles periodos no reconocidos que puedan dar lugar a reclamaciones o indemnizaciones.
  • Actualizar acuerdos internos sobre vehículos y medios de transporte proporcionados por la empresa.
  • Formar a recursos humanos y a la dirección sobre el nuevo enfoque jurisprudencial.

Otra consecuencia es el riesgo de reclamaciones salariales retroactivas por trabajadores que no cobraron el tiempo de retorno. La interpretación del TJUE refuerza la posibilidad de que tribunales nacionales admitan peticiones de regularización salarial en esos supuestos.

Implicaciones legales y escenario para litigios futuros

El pronunciamiento del TJUE no solo resuelve el caso valenciano, sino que sienta doctrina que los tribunales nacionales deberán tener en cuenta. Los jueces locales deberán valorar caso por caso si concurren los elementos que convierten un desplazamiento en tiempo de trabajo efectivo.

Además, la sentencia refuerza la obligación de los estados miembros de aplicar correctamente la Directiva 2003/88/CE en materia de registro del tiempo de trabajo y descanso, lo que podría impulsar reformas administrativas y cambios en la interpretación de convenios colectivos. Los procesos judiciales que se inicien en nombre de trabajadores que reclamen horas no pagadas podrían apoyarse en este criterio para fundamentar sus demandas.

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