Pedir o prestar dinero entre familiares es algo habitual, pero también puede convertirse en un dolor de cabeza si no se documenta correctamente. Una conversación informal o un traspaso por Bizum pueden parecer suficiente, pero ante la Agencia Tributaria esa operación puede interpretarse como una donación y desencadenar impuestos o sanciones. Por eso conviene tomarse unos minutos para poner por escrito las condiciones y seguir algunos trámites básicos que eviten sorpresas.
A continuación verás cómo formalizar un préstamo entre particulares paso a paso, qué información debe incluir el contrato, qué trámites presentar en Hacienda y qué precauciones tomar según la cuantía y la forma de pago.
Qué debe incluir el contrato para que Hacienda lo reconozca
Un contrato privado bien redactado es la mejor defensa frente a una posible reclamación fiscal o a un conflicto familiar. Al redactarlo, asegúrate de que aparezcan claramente los siguientes datos:
- Identificación completa de prestamista y prestatario: nombre, DNI/NIE y domicilio.
- Importe exacto del préstamo y fecha en la que se entrega.
- Plazo de devolución y calendario de pagos (fechas y cantidades si hay pagos periódicos).
- Forma de reembolso: transferencias bancarias, Bizum, domiciliación, etc.
- Si se aplican o no intereses; si no se aplican, dejarlo explícito por escrito.
- Firma de ambas partes y, si procede, testigos o copia para cada una.
Para cantidades importantes, valora añadir garantías (aval bancario, hipoteca o elevar el préstamo a escritura pública ante notario).
Cómo y cuándo notificar a Hacienda
Para evitar que Hacienda considere la entrega del dinero como una donación, conviene formalizar y presentar la documentación fiscal correspondiente.
- Presenta el contrato y la declaración en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones mediante el modelo 600 cuando proceda: hay un plazo de 30 días desde la firma para cumplir con el trámite.
- Si no se cumple este trámite, la administración podrá exigir el pago del impuesto y aplicar recargos o sanciones.
- Ten en cuenta que el tratamiento fiscal varía según la Comunidad Autónoma, ya que el impuesto está cedido a las regiones.
Medios de pago y pruebas que conviene conservar
Evita el efectivo siempre que sea posible: los movimientos bancarios dejan rastro y funcionan como prueba de devolución.
- Utiliza transferencias o pagos electrónicos y guarda los justificantes.
- Conserva copias del contrato firmado por ambas partes.
- Apunta en un calendario las fechas de cada abono y guarda los recibos.
Si surge un impago, disponer de estos documentos facilita cualquier reclamación judicial. Sin contrato ni pruebas, demostrar la existencia de una deuda es muy complicado.
Intereses: cuándo declararlos y qué ocurre si no se especifican
No es obligatorio cobrar intereses en un préstamo entre familiares, pero si se pactan, el prestamista debe declararlos en su IRPF como rendimiento del capital mobiliario. Por el contrario, si el contrato no indica la ausencia de interés, la administración puede imputar un rendimiento presunto:
- Si se pactan intereses, inclúyelos en el contrato y ten en cuenta la obligación fiscal del prestamista.
- Si no se aplican, deja constancia expresa en el documento para evitar imputaciones automáticas por parte de Hacienda.
- Según criterios administrativos, la falta de especificación puede dar lugar a una imputación de un rendimiento mínimo (alguna entidades y guías fiscales señalan porcentajes de referencia, por lo que conviene asesorarse).
Recomendaciones prácticas para no poner en riesgo la relación familiar
Además de las obligaciones formales, hay aspectos humanos y de sentido común que ayudan a preservar la convivencia:
- No prestes más de lo que puedas permitirte perder sin afectar tu estabilidad económica.
- Sé transparente desde el principio sobre plazos y condiciones.
- Firma dos copias del contrato: una para cada parte.
- Consulta con un asesor fiscal si el importe es elevado o si tienes dudas sobre las implicaciones fiscales en tu comunidad.
Cuándo acudir a notario o a un profesional
Para préstamos de mayor cuantía o cuando se quieran garantías adicionales, es aconsejable formalizar la operación ante notario o solicitar avales. La intervención notarial aporta mayor seguridad jurídica y facilita posteriores ejecuciones si fuera necesario. Asimismo, un asesor fiscal podrá informar sobre las particularidades del Impuesto de Transmisiones y Donaciones en la comunidad autónoma correspondiente y sobre la mejor manera de documentar la operación.
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Nuria Requena es una periodista especializada en economía y finanzas. Sus artículos ofrecen una visión clara de los mercados, el empleo y las empresas, con explicaciones sencillas y útiles para el lector.






