Eutanasia: manual de buenas prácticas incorpora donación de órganos y refuerza enfermería

El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han dado luz verde a una segunda edición del Manual de Buenas Prácticas en Eutanasia, con cambios diseñados para homogeneizar la aplicación de la Ley Orgánica 3/2021 y para incorporar aprendizajes recogidos durante más de cuatro años de práctica. La revisión trae novedades relevantes en organización, plazos, documentación y atención sanitaria, con especial atención a la figura de la enfermería y a las posibilidades de donación de órganos.

El texto, coordinado por la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, se presenta como un instrumento de referencia para profesionales y administraciones que busca claridad jurídica y operativa en la prestación de la ayuda para morir, así como mayor protección y acompañamiento a las personas solicitantes y sus familias.

Novedades principales y objetivo del manual renovado

La actualización pretende ofrecer criterios más uniformes para la tramitación de solicitudes y para la organización de los servicios implicados. Entre las prioridades están reforzar el papel de la enfermería, facilitar la donación de órganos cuando proceda y reducir las diferencias entre territorios mediante estructuras de apoyo administrativo.

  • Homogeneización: criterios clínicos y administrativos más claros para garantizar una prestación uniforme en todo el territorio.
  • Seguridad jurídica: medidas destinadas a proteger a las familias y a evitar trabas burocráticas posteriores al fallecimiento.
  • Humanización: refuerzo del acompañamiento y de los cuidados centrados en la persona y su entorno.

La enfermera como pilar del proceso: funciones y responsabilidades

Una de las aportaciones más destacadas de esta edición es la incorporación explícita de la enfermera del equipo asistencial como figura clave. El manual delimita sus tareas para que exista un referente claro durante todo el proceso, desde la información inicial hasta los cuidados finales.

  • Proporcionar información comprensible y acompañamiento emocional a la persona solicitante y a su familia.
  • Preparar el entorno y los materiales necesarios para la prestación.
  • Realizar cuidados y procedimientos dentro de su ámbito de competencia profesional.
  • Valorar y apoyar a cuidadores y allegados, orientándoles sobre recursos para el duelo.

Organización territorial y unidades de apoyo administrativo

Para asegurar una prestación accesible y coordinada, el manual propone una estructura organizativa basada en unidades administrativas de apoyo, ya operativas en algunas comunidades. Estas unidades actúan como nexo entre ciudadanía, equipos clínicos y servicios del sistema sanitario.

  • Información pública y accesible sobre el procedimiento.
  • Apoyo operativo a los profesionales que manejan los expedientes.
  • Coordinación con otros servicios sanitarios y con entes gestores, como registros y comisiones.

Plazos, suspensión y tramitación urgente

Se establecen criterios más precisos sobre los tiempos del recorrido asistencial. El derecho reconocido permite ahora solicitar un aplazamiento de hasta seis meses, ampliando el margen temporal respecto a versiones previas. Además, se contempla expresamente la posibilidad de suspender temporalmente el trámite por causas excepcionales y transitorias.

Qué ocurre si el proceso se interrumpe

  • Si la paralización es por causas atribuibles al solicitante y no se reactiva el expediente en un plazo de tres meses, la Comisión competente podrá cerrar y archivar el caso tras notificarlo.
  • El archivo no impide que la persona inicie una nueva petición en el futuro.

Procedimiento abreviado para casos urgentes

El manual recoge la necesidad de tramitaciones aceleradas cuando la situación clínica indica riesgo inminente de pérdida de capacidad o fallecimiento. Estas vías rápidas buscan reducir tiempos sin sacrificar las garantías legales ni los controles éticos y clínicos.

Instrucciones previas y registro nacional: reflejar la voluntad del paciente

Tras la reforma legal de 2022, el Registro Nacional de Instrucciones Previas permite incluir la solicitud de ayuda para morir como un apartado específico. La guía subraya la importancia de que esa voluntad conste de forma clara en la historia clínica, facilitando la identificación de la preferencia del paciente y evitando incertidumbres administrativas.

Certificados de defunción y consecuencias administrativas

La nueva edición insiste en que el fallecimiento derivado de la prestación de ayuda para morir debe constar como muerte natural en los certificados oficiales. Esta calificación persigue ofrecer mayor tranquilidad jurídica a las familias y prevenir problemas prácticos, como la anulación de pólizas, retrasos con servicios funerarios o complicaciones sucesorias.

Para ello, se recomienda a las administraciones que faciliten la emisión ágil de certificados de defunción, garantizando que los médicos puedan tramitar la documentación sin demoras innecesarias.

Donación de órganos y coordinación con protocolos vigentes

El manual incorpora explícitamente la posibilidad de que la donación de órganos se plantee tras la prestación, adaptándose a los criterios y protocolos de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT). Se subraya que la oferta de donación debe hacerse de forma independiente, sin condicionar ni interferir en la decisión sobre la eutanasia.

  • Compatibilidad con los protocolos actuales de extracción y donación.
  • Separación clara entre la evaluación de la solicitud de ayuda para morir y la valoración para donación.
  • Información diferenciada y voluntaria para la persona solicitante y su familia.

Accesibilidad y derechos de personas con discapacidad

Los centros sanitarios tendrán la obligación de garantizar que toda la información y los procesos deliberativos sean accesibles. El documento exige formatos adaptados —como lectura fácil, Braille, pictogramas o intérpretes de lengua de signos— para asegurar una decisión libre, informada y sin barreras.

  • Materiales informativos en formatos accesibles y comprensibles.
  • Soporte y mediación para deliberaciones compartidas cuando sea necesario.
  • Protección adicional de las garantías cuando exista dificultad comunicativa o cognitiva.

Colaboración y aportaciones: cómo se elaboró la guía

La actualización se ha elaborado mediante un proceso colaborativo que ha incluido las aportaciones de profesionales sanitarios, comisiones de garantía y evaluación, expertos y representantes de la sociedad civil. El objetivo declarado es combinar la experiencia clínica acumulada con criterios éticos y administrativos que faciliten una aplicación más uniforme de la Ley Orgánica 3/2021.

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