Violencia de pareja España 2025: 49 mujeres y un hombre asesinados y denuncias en mínimo histórico

Una mujer de 46 años que figuraba en el registro de Viogén tras presentar denuncias repetidas contra su marido acabó por matarlo el año pasado arrollándolo con su propio vehículo. Aunque constaba en el sistema de seguimiento policial, la valoración inicial la situó en un nivel de riesgo bajo, un dato que vuelve a poner el foco sobre las limitaciones de los mecanismos de protección existentes.

Los últimos informes judiciales sobre violencia doméstica y de género ofrecen cifras inquietantes: muchas víctimas no habían interpusto denuncias previas y la tipología de los crímenes mantiene patrones constantes —la vivienda compartida y el uso de arma blanca siguen siendo predominantes—, mientras que las agresiones que afectan a menores y los casos de violencia “inversa” requieren atención específica.

Brecha en las denuncias: solo una minoría había avisado antes

Los datos más recientes del poder judicial reflejan que, de las mujeres asesinadas por su pareja o expareja en 2025, . En cifras absolutas, de las 49 víctimas contabilizadas, 11 habían acudido previamente a la policía. De esas once, siete seguían conviviendo con su agresor en el momento del crimen.

Otros puntos relevantes:

  • Frecuencia: la media histórica indica que una mujer muere por violencia de género cada seis días; en 2025 ese intervalo se amplió hasta aproximadamente cada 7,5 días.
  • Órdenes de protección: solo cinco de las víctimas contaban con medidas cautelares activas.
  • Edad: la edad media de las denunciantes fue de 42 años; sin embargo, las mujeres de 56 años o más no aparecen entre quienes denunciaron.

Homicidios cometidos por mujeres: datos y características

El informe también separa los supuestos de violencia íntima cometida por mujeres contra hombres con quienes mantienen o mantuvieron una relación afectiva. Desde 2009, este tipo de homicidios ha mostrado ciertas regularidades: la víctima masculina suele rondar los 50 años y en el 82 % de los episodios convivía con la agresora, aunque solo el 42 % estaban casados.

En promedio, las autoras de estos crímenes tienen 43 años y, cuando se produjeron en 2025, la detención de la sospechosa se registró en la mayoría de los casos minutos después del hecho. Los datos apuntan a que estos episodios suceden cada pocos meses, y las circunstancias suelen coincidir con el entorno doméstico.

Escenarios, armas y patrones: un problema persistente

La vivienda compartida continúa siendo el lugar donde se concentran la mayoría de los homicidios íntimos y de género. En más del 70 % de los casos el crimen se comete en el domicilio y, como arma más habitual, destaca el cuchillo.

Datos destacados:

  • Arma blanca: en 2025 el 56,5 % de los casos con información disponible se cometieron con cuchillo; históricamente la cifra llega a superar el 65 % en algunos periodos.
  • Métodos alternativos: asfixia o estrangulamiento constituyeron el 15 % de las muertes del año analizado.
  • Temporalidad: julio figura como el mes con mayor incidencia en el último registro anual.
  • Impacto familiar: 39 menores quedaron huérfanos tras los homicidios del último año.

Violencia contra menores y casos de violencia vicaria

La violencia de género también alcanza a la infancia de manera directa o instrumental. En 2025 se registraron tres homicidios de menores perpetrados por progenitores o convivientes; de los últimos doce años se contabilizan 65 niños asesinados en este contexto.

Características señaladas en el informe:

  • Edad de las víctimas: en el 74 % de los casos los menores tenían menos de diez años.
  • Escenario: en la mayoría de los crímenes el menor convivía con el agresor y el homicidio sucedió en la vivienda familiar.
  • Métodos: el cuchillo aparece en un tercio de los casos; otros fueron por asfixia o envenenamiento.
  • Responsables: en varios expedientes el agresor se entregó o fue detenido; en algún caso el autor se suicidó.

La violencia vicaria —lesionar o matar a un niño para causar daño a la madre o padre— produce una media de cinco víctimas al año. Los menores afectados son extremadamente jóvenes (media por debajo de los siete años) y los agresores rara vez figuraban en antecedentes policiales relacionados con violencia de este tipo: solo un tercio tenía registros previos.

VioGén 2: cómo activa y gestiona la protección y qué derechos asisten a las víctimas

El sistema VioGén se pone en marcha con la presentación de una denuncia en una comisaría de Policía Nacional o en la Guardia Civil. A partir de ahí, se sigue un protocolo que valora el riesgo y asigna medidas de protección personalizadas bajo la modalidad actualizada conocida como VioGén 2.

Pasos básicos del proceso VioGén 2

  • Entrevista inicial: un agente especializado realiza un Informe de Valoración Policial del Riesgo (VPR) mediante preguntas sobre antecedentes de agresión, conducta del agresor y vulnerabilidad de la víctima.
  • Determinación del nivel de riesgo: un algoritmo de VioGén clasifica el caso en niveles: no apreciado, bajo, medio, alto o extremo.
  • Plan de seguridad personalizado: según la puntuación se prescribe un conjunto de medidas (seguimiento policial, control de órdenes de alejamiento, facilitación de alojamiento de emergencia, etc.).
  • Reevaluación periódica: bajo VioGén 2 se implementan controles de evolución del riesgo (VPER) para detectar posibles agravamientos, incluso en casos inicialmente catalogados como de bajo riesgo.

Derechos y recursos a disposición de las víctimas

La normativa ofrece una serie de garantías a las víctimas, independientemente de su situación administrativa:

  • Asistencia jurídica gratuita: acceso a defensa y asesoramiento sin coste para procedimientos judiciales y administrativos.
  • Apoyo económico: ayudas de emergencia puntuales y posibilidad de percibir la Renta Activa de Inserción si la dependencia económica condiciona la salida de la situación de violencia.
  • Protección en el empleo: derecho a pedir traslado, modificación de horarios o suspensión temporal del contrato sin pérdida de antigüedad.
  • Residencia para extranjeras: las mujeres en situación irregular pueden solicitar autorización temporal de residencia y trabajo cuando hay una orden de protección; los expedientes de expulsión quedan en suspenso.

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