El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de la Ley de Policías Locales de Andalucía

D. G. / Granada | 2 de marzo de 2022
El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de la Ley de Policías Locales de Andalucía, con la que se pretende resolver numerosas cuestiones tras los 20 años de vigencia de la ley actual. El objetivo primordial del nuevo texto legal es incrementar el actual nivel de coordinación y reforzar la identidad de las policías locales, respetando, en todo caso, el carácter propio de cada cuerpo en su ámbito municipal. Además, incorporará procedimientos y medios técnicos homologados que se adaptan al progreso tecnológico y que permitirán una mejor respuesta en las funciones de los cuerpos.
Entre sus principales novedades se establece la exigencia de un mínimo de cinco efectivos en todos los cuerpos de la policía local y la obligatoriedad de que todos los municipios con población mayor o igual a 5.000 habitantes cuenten con cuerpo de la policía local.
Igualmente, se establecen regímenes transitorios para aquellos municipios que cuenten con cuerpo de la policía local al momento de la entrada en vigor de la futura ley, pero no cumplan con el requisito mínimo de cinco efectivos. Con la normativa actual no hay mínimo exigido y muchos municipios pequeños cuentan con un único funcionario en sus
respectivos cuerpos.
La nueva ley contempla también la asociación de municipios cuando dos o más limítrofes no dispongan de recursos suficientes por separado. Por otro lado, el texto normativo también promueve que, por parte de los ayuntamientos
y de manera preferente, se establezcan patrullas compuestas por más de un agente o en colaboración con otras fuerzas y cuerpos de seguridad.
Otra de las novedades importantes que aborda la nueva ley es la reducción de categorías. Se elimina la de superintendente en la escala técnica y la de intendente mayor pasa a denominarse intendente principal. Con esta medida se consigue alcanzar la homogeneidad en las escalas, teniendo cada una de ellas dos categorías, es decir, escala técnica: intendente principal e intendente; escala ejecutiva: inspector y subinspector; y escala básica: oficial y policía.